sábado, 28 de noviembre de 2009

Padres adoptantes, la conexión Etíope

Padres, hijos de aquí y de allá y hasta alguna abuela. Sonrisa general que parece venir de dentro. Esta es, antes de nada, una foto en blanco y negro porque retrata familias multirraciales, multiculturales. Quienes veis en ella son de la asociación de padres Menoria de Vigo, una pequeña representación de los muchos que en esta ciudad viven la experiencia de la adopción internacional. Si os detuvierais en cada rostro, podríais imaginar con razón historias muy diferentes entre ellos pero con un denominador común: un deseo de paternidad más allá de lo biológico.

Ahí están los de la asociación Menoria , de niños de Etiopía, más de 40 familias en Vigo, pero podrían ser los de la también viguesa Asociación Tena, igualmente con hijos etíopes, los de Manaia, que es de adoptantes en general... Todas realizan periódicos encuentros y participan en proyectos solidarios con aquellos países.
¿Cuántos niños etíopes habrá ya en Vigo y Galicia? Varios cientos. Son padres que esperan más de los nueve meses de gestación para tener un hijo. Que tienen que pasar, en contraste con los otros, un certificado de idoneidad. Que viven un proceso de adopción determinado por la incertidumbre, la impaciencia y a veces la desesperación por las demoras en los trámites burocráticos de adopción internacional.




El ranking

De los 175 menores preasignados en Galicia en 2008, a Pontevedra fueron 72 y 41 corresponden a niños traídos de este país africano, que ha pasado a ser el más solicitado seguido muy de lejos por China (que antes encabezaba el ranking pero ha endurecido mucho sus exigencias) y Colombia.

Con la Xunta colaboran varias ECAI –entidades tramitadoras de adopción internacional–, que trabajan con diferentes países. En Vigo está Adecop, que lo hace con Perú, Panamá, Colombia y Vietnam, y Adecop-Piao, una ramificación de ésta, que labora con China, Rusia y Etiopía. También Addis-Galicia y Balbalika, que operan con Etiopía, e Interadop que lo hace con Bulgaria, Rusia y China. Otra, Balms, mira hacia Colombia.

En 2007 la Xunta tramitó 524 expedientes, 60 menos que en el 2006. La principal razón fue la caída espectacular en la demanda de niños chinos, que se ha ido trasladando hacia otros países, singularmente Etiopía, que a partir de 2006 fue el destino preferido de las parejas gallegas.

Hay más demanda que oferta y es un reto emocional, familiar, económico y también de papeleo. La adopción internacional, por la que optan numerosas parejas gallegas, es un calvario que se eterniza: la mayoría ha iniciado el proceso hace más de cinco años. ¿Por qué no nos permiten tramitar al tiempo en dos países?, dicen a la Xunta.

miércoles, 25 de noviembre de 2009

¿Qué pasa con la adopción?

MARÍA NAVARRO *PEDIATRA DEL CENTRO BÁSICO DE ACOGIDA DE LA DIPUTACIÓN DE MÁLAGA (CBA)

AL filo del 20 de noviembre, Día Universal del Niño, y mientras el Senado estudia cómo favorecer los acogimientos y adopciones recogiendo las sensibilidades hacia un gran pacto nacional de protección de la infancia, hay que hacer constar que en España hay pocas adopciones nacionales, apenas unas 900 cada año, los trámites son lentos, no hay suficientes acogimientos familiares. Más de 14.000 niños desamparados y tutelados por el Estado viven en centros, en ocasiones durante toda su infancia y adolescencia.

En el día internacional de la infancia, estos últimos años hemos intentado poner voz a una infancia muy especial, los menores en desamparo, cuya tutela esta en manos del Servicio Provincial de Menores de la Junta de Andalucía, y su vida se desarrolla entre las paredes de un Centro de Acogida, en nuestro caso un centro dependiente de la Diputación Provincial de Málaga.




Por supuesto que con prioridad el niño debe de vivir y ser educado en el seno de su propia familia. Pero cuando la familia biológica a pesar de los trabajos que con ella ejercen los Equipos Sociales Comunitarios, los Equipos de Tratamiento Familiar, los maestros, los responsables de la salud. etc. no reúne las condiciones para garantizar las necesidades básicas, el desarrollo psicosocial y la integridad física y afectiva del niño; los organismos capacitados en la materia de protección del niño deben buscar soluciones adecuadas, primero provisionales, prioritariamente un acogimiento familiar temporal o de urgencia y en el caso de ser inviable un acogimiento residencial y si la familia no responde, después de un tiempo prudencial para cada caso, medidas definitivas, medidas 'para siempre'.

Creemos que para todos está claro que para alcanzar el pleno desarrollo, el niño necesita estabilidad en sus vínculos con adultos de referencia y los vínculos de filiación son los que con total garantía le darán dicha estabilidad. Estos vínculos se dan de forma completa en el acogimiento preadoptivo, por lo que debe de primar este objetivo sobre ningún otro. Siempre y cuando se cumplan las circunstancias que lo aconsejen, sin escatimar ningún esfuerzo para conseguirlo. Pero si esta medida no pudiera darse por las circunstancias del propio menor o de su familia biológica, al menos el niño precisaría un vínculo afectivo permanente en el tiempo y esto sólo se refleja en un acogimiento permanente, debiendo siempre prevalecer, en todo momento, el interés del menor y no el de la familia de biologica.

Desde el análisis basado en la evidencia, las medidas provisionales se están convirtiendo en situaciones con plazo indefinido, y las medidas definitivas para la vida de un menor que lleva larga temporada en situación de provisionalidad están disminuyendo cada año que pasa. Según datos publicados en Andalucía (Observatorio de la Infancia), la adopción nacional en 2002 fue de 307 menores, en 2006 de 210 menores y en el 2008 de 139 menores.


Estos datos van en desacuerdo con las largas estancias de menores en los centros, que pueden llegar a ser superiores a dos años en niños con edades límites, para una posterior medida definitiva, y vemos como en lugar de esto, vuelven de nuevo a otra situación de provisionalidad como es un acogimiento simple o temporal y ahí lo mejor que puede pasar, si no se reinserta con su familia biológica, es que se mantengan mas tiempo, reconvirtiendo el acogimiento en permanente, pero recordemos que en esta situación, aunque exista un compromiso de la permanencia, legalmente no existen ni los deberes de la patria potestad, ni los vínculos de filiación.

En este día que celebramos la 'difícil infancia', a nuestros niños le debemos todo aquello que para ellos, es con seguridad más estable, más definitiva en su vida. No arriesgar nunca el futuro de los menores a la suerte y eso solo se puede conseguir con lazos filiales, o si las circunstancias lo aconsejan con el compromiso desde un primer momento de un acogimiento permanente.
Planteémonos siempre, la medida de adopción, después de un estudio y un trabajo serio con la familia biológica, la familia extensa y en un plazo prudencial. Si no se contempla futuro, demos al niño antes de que se haga imposible, la posibilidad de crecer, educarse y ser querido como cualquier otro hijo dentro de una familia. Que sus derechos sean los que prevalezcan sobre los de su familia biológica. Este mensaje va dirigido de forma fundamental a los jueces, para que en su decisión contemplen siempre 'el futuro previsible de este menor' y estén convencidos de que esta medida podría evitar a muchos menores encontrarse en una adolescencia desgraciada y sin futuro.

Muchas veces una buena decisión a tiempo puede evitar situaciones que ya no tienen marcha atrás y desde nuestra orilla, que son las vidas de los niños, os decimos «ellos están preparados», son increíblemente adaptables pero hasta un límite que viene marcado por la edad y las vivencias negativas que van teniendo a lo largo de su peregrinar, donde a veces con mucho menos de 6 años, ya no pueden creerse que alguien les pueda querer como un padre y una madre. Y si hablamos de familias dispuestas para adopción nacional, hay tantas que las listas están cerradas desde hace años en varias provincias de España, salvo en caso de menores en situaciones especiales. Sólo hay que ver que en España está a la cabeza en adopciones internacionales y se han constituido más de 23.000 entre 2003 y 2007. Sigamos dándoles hogar definitivo a esos niños de otros países, pero no se los neguemos a los nuestros.

No está en nuestro ánimo culpabilizar a nadie de esta situación, pero le pedimos a la Administración de forma encarecida recursos humanos suficientes y con estabilidad para realizar estudios, trabajos profundos y ágiles que ayuden al menor, en el plazo más corto posible a una solución definitiva de su vida; y a los jueces, que muchas veces dan una primacía excesiva a los lazos biológicos, decirles, que lo que hay que evitar es el peregrinaje de los niños por familias y centros. Hay que procurarles estabilidad, ya sea con su propia familia o con una 'nueva'. De lo contrario es muy probable que detrás de cada adolescente que delinque, está en el mundo de la drogas o repite patrones familiares anómalos, haya un menor con una infancia desgraciada. No siempre está en nuestras manos ayudarle pero sí que está el intentarlo.

Os dejamos que os despidan los niños... igual que en cartas anteriores:
No olvidéis que para nosotros ¡el tiempo siempre va en contra nuestra! nosotros crecemos y ya sabéis... Lo que pasa, que por encima de 6, 7 años. ¡Que difícil se pone encontrar una familia 'para siempre' que nos quiera! Y para nosotros también se nos hace difícil poderles querer a ellos y muchos de nosotros ya hemos cumplido los siete...

Firman también este artículo: Toñi Torres Elvira Rodríguez, Marga Jiménez, Eustaquio Gil, Carmen Ruiz, Maite Marín y May Herman, miembros del equipo técnico del CBA.

domingo, 22 de noviembre de 2009

Comunicado de Beatriz San Román y CORA


Aquí os pego un comunicado publicado por Beatriz San Román y CORA. Supongo que la mayoría sabreis quien es Beatriz, para los que no la conozcais deciros que es madre adoptiva, periodista, autora de dos libros sobre adopción, miembro ejecutivo de CORA y que cuenta con el blog de Postadopción .
Este comunicado es publicado tras lo acontecido el 11 de noviembre en el transcurso de las XI Jornadas sobre Adopción Internacional celebradas en Zaragoza.



El pasado día 11 de noviembre, como representante de CORA en las las XI Jornadas de Coordinación sobre Adopción Internacional organizadas por el Ministerio y el gobierno de Aragón, me encontré sin previo aviso con un boicot a las asociaciones de familias acompañado de un panfleto en el que se me difamaba firmado por la Federación Catalana de ECAIs (ECA), la Federación Interautonómica de ECAIs (FIDECAI) y la Federación Española de ECAIs (FEECAI).
En respuesta a la inaceptable actuación de dichas entidades, quisiera hacer constar lo siguiente:

* El boicot a la intervención de la persona que representaba a CORA resulta una negación del espíritu de las jornadas: en un foro de debate y de puesta en común de todas las partes implicadas, cuyo objetivo es profundizar en el análisis y la reflexión sobre el marco de garantías de la adopción internacional, es intolerable que las ECAIs hayan tratado de silenciar y hayan despreciado la voz de las familias adoptantes. Estas familias no son sólo una parte directamente implicada, sino que además son quienes conocen –y viven– de primera mano el enorme drama personal y familiar que supone descubrirse víctima de los fallos del sistema.

* Resulta igualmente inaceptable que para ello repartieran un panfleto en el que se pretende que "El sistema de ECAIS ha sido instaurado por decisión de la administración; por ello, mientras sea el sistema jurídicamente vigente, debe de ser respetado y apoyado por todos los agentes intervinientes en la adopción internacional, por supuesto bajo el control y supervisión de las Administraciones". El argumento de la vigencia jurídica de un sistema como escudo frente a la necesaria y sana revisión crítica, así como a su reajuste a la realidad cambiante, nos retrotrae a tiempos anteriores a la democracia.

Más allá de la cobardía y bajeza que refleja el modo en que cuestionaron mi honestidad, y sin descartar otras acciones posteriores, deseo ejercer mi derecho de réplica aclarando lo siguiente:

* Las acusaciones sobre mi supuesta profesionalización en el “asesoramiento a las familias para tramitar quejas contra las ECAIs” o las de atacarlas en mis conferencias son una calumnia y constituyen un delito de difamación. Por un lado, las personas que trabajamos en CORA lo hacemos de manera voluntaria y no-remunerada; por otro, en las jornadas o actividades de diversa índole en las que en ocasiones se me invita a participar, mis exposiciones nunca hacen referencia al papel de las ECAIs, sino a temas muy diferentes como las nuevas familias, la adopción interracial o los retos de la postadopción y la integración escolar de los menores adoptados.

* Gran parte de las afirmaciones que se me atribuyen, ni siquiera son mías. Basta entrar en los enlaces correspondientes para comprobarlo.

* Respecto a las afirmaciones que sí son de mi autoría, como que “la tramitación por Ecai no siempre garantiza que los trámites se ajusten a la legalidad y la ética” o que orfanatos que tramitan con Ecais españolas reclutan menores para la adopción en aldeas etíopes, es –tristemente– una información que hoy tenemos contrastada. Como dejé claro en la ponencia que defendí en nombre de CORA, cuando un país no tiene mecanismos de control suficientes y el envío de expedientes de adopción supera a las necesidades reales, las ECAIs no pueden garantizar la adoptabilidad de los menores, puesto que ésta es declarada antes de que ellas intervengan en el proceso.

Pretender que la posición de CORA respecto a la necesidad de hacer frente a una situación compleja y difícil en la que el sistema de garantías está fallando supone “un atentado contra aquellos que defendemos la adopción como una medida de protección de la infancia desamparada” es escudarse en aquello de “matar al mensajero” para no reconocer una realidad que trae consecuencias infaustas para un número cada vez mayor de familias (biológicas y adoptivas) y menores.

Puesto que el escrito difamatorio al que responde esta carta fue repartido en el marco de las XI Jornadas sobre Adopción Internacional, ruego a los organizadores que hagan llegar una copia de la misma a todos los asistentes.

Beatriz San Román
Vocal del comité ejecutivo de CORA

viernes, 20 de noviembre de 2009

Información sobre la adopción en Burkina Faso

La adopción en Burkina Faso por parte de españoles comenzó en el año 2004, fecha en la que se registró el primer niño burkinés en España. Burkina Faso ha firmado el Convenio de La Haya y la adopción en este país puede realizarse por protocolo público o a través de ecai. En España las ecais que tramitan expedientes en este país es MUNDIADOPTA (Madrid), ADDIS GALICIA (Vigo). Según un comunicado de la Agencia Francesa de Adopción emitido en febrero de 2010, el gobierno de Burkina Faso no admitirá más expedientes de adopción mientras no aligere la lista de espera de solicitudes con las que cuenta. Si quieres leer el comunicado pincha AQUI
(Información actualizada en Marzo 2015)

Si quieres leer pincha: El gobierno de Burkina Faso prioriza las solicitudes de matrimonios que se tramiten por Ecai




Quien puede adoptar:
  • Las personas mayores de treinta años.
  • Los matrimonios con más de 5 años de casados, no separados de hecho, y que al menos uno de los cónyuges tenga 30 años cumplidos.
  •  El adoptante debe tener quince años más que el niño que se propone adoptar.
  • Tienen prioridad las parejas sin hijos.
  • No se aceptan solicitudes de monoparentales.
  • No se aceptan solicitudes de parejas de hecho.
  • No se aceptan solicitudes de matrimonios con 2 hijos o más (biológicos o adoptados)
Pueden ser adoptados:
  • Los menores declarados abandonados por el tribunal civil.
  •  Menores cuyos padres han consentido la adopción: debe ser consentida ante un juez del tribunal civil.
  •  Menores de filiación desconocida o huérfanos .
  •  Si uno de los padres ha fallecido o está incapacitado para manifestar su voluntad o privado de su autoridad parental, es suficiente el consentimiento del otro progenitor.
  •  El consentimiento para la adopción puede ser revocado durante un período de tres meses desde su otorgamiento.
  •  Si el adoptado tiene más de quince años, debe consentir personalmente a la adopción. 
Características de los menores adoptables:

Los menores son generalmente bebés abandonados en el momento de nacer, bien porque la madre es soltera, porque ésta ha fallecido o porque no puede ocuparse del niño. Los menores son adoptables a partir de los 3 meses de edad. Los demás menores son dados por sus padres a los orfanatos. En este caso, el procedimiento de adopción se lleva a cabo sólo después de un año, porque este período se deja para que los padres reconsideren su decisión. Los niños propuestos para la adopción internacional son aquellos cuyos padres o el Consejo de la Familia ha dado su consentimiento a la adopción porque no pueden ser mantenidos, son fruto de incesto (hasta la quinta generación la misma línea) o cuyas madres sufren problemas psiquiátricos.
Así que estos son niños generalmente han vivido con su familia biológica y / o en un hogar de acogida o en un orfanato.

Tipos de adopción y efectos de la adopción:

La resolución adoptada por las autoridades locales es de carácter judicial.
El resultado es una adopción plena:
  •  Rompe vínculos de filiación con la familia biológica
  •  Crea vínculos de filiación con la familia adoptiva
  •  Es irrevocable.
Autoridades Competentes en materia de adopción:

Ministére de I”Action sociale et de la Famille
Direction de la protection de I”infante et de I”adolescent
Service de la sauvegarde de l”enfance en danger
Avenue de yatenga
01 BP 515
01 OUAGADOUGOU
BURKINA FASSO
TEL: 00 226 50 30 6880
FAX: 00226 5031 6737
DIRECTEUR M. JEAN-BAPTISTE ZOUNGRANA

EMBAJADA de ESPAÑA en COSTA DE MARFIL (encargada de los asuntos de Burkina Faso)
Impasse Ablaha Pokou. Cocody Danga Nord.
08 B.P. 876
ABIDJÁN 08
COSTA DE MARFIL
Telf. 00.225.224.445.77

CÓNSUL HONORARIO DE ESPAÑA EN OUAGADOUGOU (BURKINA FASO)
Sr. D. Ziad AZAR
862 Avenue Yennenga, 01 B.P. 724
Ouagadougou 01
BURKINA FASO
Telf: 00.226.50.307.155
Fax. 00.226. 50. 310. 002

EMBAJADA DE BURKINA FASO EN PARIS:
Boulevard Asuman
75008-PARIS
Telf. 00.33. 1. 43.59.21.85/ 43.59.90.63


Documentación que forma el expediente:
  1. Certificado de Idoneidad
  2. Informe psicosocial.
  3. Certificado de matrimonio.
  4. Certificado de nacimiento modelo internacional.
  5. Certificado médico.
  6. Certificación del domicilio en propiedad o alquiler.
  7. Certificado de la última declaración de la renta de cada adoptante o conjunto.
  8. Certificado de penales.
  9. Certificado de esterilidad si es el caso.
  10. Poder notarial a favor del abogado que os representará en el país.
  11. Fotocopia de las dos primer páginas del pasaporte.
  12.  Dos cartas de solicitud exponiendo las motivaciones de la adopción, una dirigida al Ministro de Acción Social y de la Solidaridad Nacional y otra al Presidente del Tribunal de Primera Instancia de Ouagadougou.
  13. Sellos de la Embajada de Burkina Faso
    Legalización y traducción del expediente:

    Una vez que el adoptante obtiene los documentos iniciales, éstos deben de legalizarse en distintas administraciones de la comunidad autónoma. Posteriormente los documentos se envían a Madrid para su legalización completa. La traducción jurada al francés del expediente se debe realizar cuando la documentación ha sido legalizada debidamente. El traductor jurado debe tener la firma reconocida en el Ministerio de Asuntos Exteriores para que la traducción jurada pueda ser legalizada también.

    La opción más eficaz, aunque supone un pequeño incremento en el coste económico, es realizar la legalización y traducción jurada del expediente en una empresa especializada. Desde DENIKO ÁFRICA podemos ayudarte a preparar todo el expediente de adopción en Burkina Faso a través de protocolo público. Nos encargamos de todas las legalizaciones de los documentos que forman el expediente y de la traducción jurada. Trabajamos para toda España. Puedes ponerte en contacto por mail con nosotros (adoptarenafrica@gmail.com).



    Cuando el expediente llega a Burkina Faso:
    •  A la llegada del expediente, los candidatos a la adopción son informados por escrito de la recepción de su expediente.
    •  Desde que la documentación llega a Burkina Faso hasta que se produce la asignación pueden pasar entre 12 y 18 meses. Una vez asignado el niño los candidatos deberán dar su consentimiento por escrito.
    •  La Autoridad Central española enviará su acuerdo para continuar el procedimiento de adopción a la Autoridad Central de Burkina.
    • Una vez aceptada la preasignación los adoptantes deberán realizar un donativo al orfanato en el que se encuentre el menor.
    •  Los adoptantes designarán un abogado que llevará a cabo las gestiones ante el Tribunal de Primera Instancia del lugar de residencia del niño.
    • El abogado burkinés debe constituir un acta notarial para iniciar el proceso de adopción del menor asignado. El acta notarial la firmarán ante notario el abogado, un representante del Ministerio de Acción Social y de la Familia y el representante del orfanato en el que se encuentra el niño. En el acta notarial deben de incluir la partida de nacimiento del menor, el documento de adoptabilidad, una encuesta social... Para reunir estos documentos pueden tardar varios meses.
    • Transcurridos tres meses desde la firma del acta notarial se celebra el juicio para obtener la adopción plena. Los adoptantes deberán de esperar un mes más para conseguir el certificado de "non appel" (no recurso).
    •  Los padres adoptivos deberán viajar a Burkina para recoger al niño y presentarse a la Dirección de la Protección del Niño y del Adolescente quien les dará el “certificado de conformidad”, la “autorización de salida del territorio nacional” y el “acta o partida de nacimiento que comporta la filiación biológica”.
    • Los padres adoptivos tendrán que pasar un periodo de adaptación con el menor de al menos 3 días, antes de que éste pueda salir del orfanato definitivamente y permanecer en el hotel con ellos el resto de la estancia en el país.
    •  El Acta de adopción deberá ser legalizada en el Ministerio de Justicia de Burkina y el Acta de nacimiento (anterior y posterior a la adopción) deberá serlo por el Ministerio de Administración Territorial. Posteriormente estos documentos deberán ser legalizados por el Ministerio de Asuntos Exteriores de Burkina.
    • Una vez que tengas toda la documentación debes ir a la oficina del Cónsul Honorario de España en Ouagadougou. Desde allí la envían por mensajería a la Embajada de España en Abidjan (Costa de Marfil) los siguientes documentos: partida de nacimiento original del menor, nueva partida de nacimiento con sus apellidos españoles, certificado de idoneidad expedido por la comunidad autónoma, sentencia de adopción del tribunal burkinés, certificado de no recurso, 4 fotos carnet del menor, libro de familia (en caso de tener más hijos), autorización de salida del menor del territorio burkinés.
    • En Abidján se encargarán de preparar todo lo relativo al Libro de Familia y pasaporte del menor. Una vez que los tengan listo (unos 3 días laborables) lo devuelven a Burkina Faso para que los adoptantes y el menor puedan regresar a España. De esta forma se evita tener que viajar a Costa de Marfil para hacer estos trámites. El coste del envío corre a cuenta de los adoptantes.
    Viaje:
    Los adoptantes solo deben viajar una vez a Burkina Faso para recoger al menor. La duración de la estancia es de unas 2 semanas.
    Para viajar a Burkina Faso puedes ir con las compañías aéreas:
    Royal Air Marroc: Madrid-Casablanca-Ouagadougou
    Air Algerie: Madrid-Argel-Ouagadougou
    Hotel: www.splendidburkina.com (4 estrellas)

    Observaciones:
    • Se valora la presentación de un certificado de esterilidad.
    • Mundiadopta no acepta actualmente más expedientes.
    • Addis Galicia tramita sólo 5 expedientes de adopción.
    • Entre la preasignación y el viaje para recoger al menor pasan entre 7 y 11 meses
      La familia adoptante debe viajar en una sola ocasión para recoger a su hijo.
    • Orfanatos: Home Kisito, Pouponnière Joscheba y Pouponnière de Guié.
    • Según las últimas informaciones de españoles adoptantes el gobierno burkinés ha rechazado algún expediente de matrimonio con hijos biológicos
    • En la práctica el gobierno buskinés no asigna menores a: los solteros/as, las parejas de hecho, los matrimonios que ya tengan dos hijos biológicos y que no demuestren algún problema de esterilidad y las personas mayores de 50 años. 
    Seguimientos:

    Son obligatorios informes de seguimiento semestral durante el primer año desde la llegada del menor, y un informe anual hasta la mayoría de edad a partir del primer año desde la llegada del menor a España.

    Estadísticas de adopciones:

    PAÍS/AÑO

    2001

    2002

    2003

    2004

    2005

    2006

    2007

    2008

    ESPAÑA

    0

    3

    0

    2

    3

    1

    4

    ------

    FRANCIA



    60

    85

    62

    89

    66

    47

    ITALIA

    0

    2

    3

    5

    13

    15

    25

    23

    DINAMARCA

    2

    0

    4

    0

    0

    0

    1

    3

    SUIZA

    1

    1

    2

    1

    1

    2

    0

    0

    EE.UU

    1

    0

    0

    0

    0

    1

    1

    2

    AUSTRALIA

    0

    0

    1

    0

    0

    0

    1

    0


    FRANCIA:

    Año 2016 : 16 menores
    Año 2015 : 16 menores
    Año 2014 : 21 menores
    Año 2013 : 14 menores
    Año 2012 : 20 menores
    Año 2011 : 20 menores
    Año 2010 : 35 menores
    Año 2009: 25 menores

    Fuentes:
    Experiencias de adoptantes

      jueves, 19 de noviembre de 2009

      España suspende la adopción en 21 países

      La Ley estatal de Adopciones Internacionales de 2007, contempla un listado de 21 países en los que se ha suspendido la adopción. Esta resolución afecta a todas las solicitudes que se presenten en cualquier comunidad autónoma.

      En concreto, los países afectados por la suspensión de la tramitación de adopciones futuras son Camerún, Chad, Guatemala, Haití, Kazajstán, Liberia, Mozambique, Nepal, República Democrática del Congo (Kinshasa), República del Congo (Brazzaville), Togo, Uzbequistán, Angola, Benín, Camboya, Gambia, Ghana, Gabón, Isla Mauricio y Kirguistán.


      La citada ley estatal incluye entre los motivos para tramitar peticiones de adopción con otros países que estos se encuentren en conflictos bélicos, desastres naturales, o no se cuente con una autoridad específica que regule la adopción y no se den las garantías para el proceso, además de que no se respete el interés del menor.

      Asimismo, se limita la tramitación, en este caso a través de entidades de mediación de adopción internacional, en los países de Rusia, Nepal, Burundi y Senegal.

      En estos casos, se señala que en Rusia los servicios profesionales que realizan estos trámites "quiebran en gran medida" los principios de la adopción internacional. En Nepal se percibe la "falta de garantías de respeto" a los principios de la adopción internacional en las entidades, y, a la vez, se advierte de los "riesgos" que existen si se recurre a otros medios diferentes al igual que sucede en Burundi y en Senegal.

      Según se recuerda en la resolución de la Dirección General de Servicios Sociales, la comunidad autónoma persigue el "interés superior de la infancia y la adolescencia sobre cualquier otro".

      martes, 17 de noviembre de 2009

      Adopción de franceses en la República Democrática del Congo

      Después de la aprobación de la nueva Ley de Adopción en enero de este año, y que susituyó a la Ley anterior de 1987, se creó una comisión conjunta de para el seguimiento de las adopciones.
      Tras la misión en Kinshasa en abril de 2009, el Embajador encargado de la adopción internacional del Ministerio de Género, la Familia y la Infancia y la Embajada de Francia en Kinshasa han creado una comisión Franco-congoleña para examinar conjuntamente los expedientes de adopción de menores congoleños por parte de ciudadanos franceses. Esta Comisión se ha reunido ya en tres ocasiones desde julio de 2009.


      La Embajada de Francia y las autoridades congoleñas invocando el principio de la soberanía nacional, han expresado su voluntad de aplicar estrictamente la legislación vigente sobre protección de la infancia y adopción. Ambas partes han acordado por lo tanto considerar caso por caso las partes que constituyen los expedientes, asegurándose de respetar las leyes congoleñas y la legislación francesa aplicable.

      En este sentido, cabe señalar los criterios establecidos para los padres adoptivos, tal como se definen en el Código de la Familia congoleño, complementado por la Ley nº 09 0014 de 10 de enero de 2009:

      •Artículo 654: Los padres adoptivos deben demostrar cinco años de matrimonio

      •Artículo 656: Los padres adoptivos que tentan 3 o más hijos no pueden adoptar en la RDC.

      •Artículo 669: Los y las monoparentales no pueden adoptar en la República Democrática del Congo.

      A título de información, en la reunión del 6 de octubre, la Comisión Mixta ha validado 9 expedientes, ha rechazado uno y retrasado otros 8 a la espera de documentación suplementaria.

      Fuente: diplomatie.gouv.fr

      domingo, 15 de noviembre de 2009

      El Instituto Mallorquín de Asuntos Sociales destinará 500.000 euros a 517 familias de acogida para sobrellevar la crisis

      El Instituto Mallorquín de Asuntos Sociales (IMAS) destinará un total de 500.000 euros a las familias de acogida de la isla para evitar que se produzcan retornos en los niños a consecuencia de la crisis económica. En Mallorca hay 517 familias acogedoras, no obstante, la medida está especialmente dirigida a las 307 encargadas de sus familiares directos, la mayoría, sus abuelos, quienes cobran "pensiones muy bajas".
         La consellera insular de Juventud e Igualdad, Josefina Ramis, reveló en rueda de prensa que el IMAS ya ha mantenido una serie de reuniones con familias que se encontraban en "condiciones precarias" por lo que tuvo que adoptar "medidas de urgencia" y, finalmente,  optó por instaurar estas subvenciones de una forma "más reglamentaria".



         Así, detalló que las ayudas oscilarán entre los 300 y los 3.000 euros, en función de las condiciones de cada unidad familiar como pueden ser, entre otras, su nivel de renta u otras situaciones sociofamiliares. De esta manera, la subvención servirá de complemento a la que ya se concede mensualmente de entre 250 y 500 euros. Por otra parte, Ramis reveló que el número de familias de acogida no ha descendido pese a la actual crisis económica. En este sentido, se refirió a la campaña realizada durante el pasado año para buscar familias acogedoras de niños mayores de siete años o de grupos de hermanos.

         Además del importante número de abuelos que se encargan de sus nietos, la ayuda está destinada especialmente a las familias monoparentales, que representan cerca de un 10 por ciento del total. De esta manera, se podrán beneficiar de esta prestación económica las personas que actualmente tengan un niño o más en acogida o que durante el 2009 acogieran un mínimo de seis meses. Asimismo, deberán reunir algún requisito como acreditar una renta igual o inferior a 1.500 euros, ser familias monoparentales o ser pensionista, entre otros.

      Fuente: Europa Press

      viernes, 13 de noviembre de 2009

      La Xunta de Galicia tutela 2.700 menores en situación de desamparo

      Un total de 2.689 menores en Galicia están bajo protección de la Administración, que ha asumido su guardia o tutela ante la incapacidad de sus padres para hacerse cargo de ellos o por incumplimiento por parte de sus progenitores del deber de cuidado. Más del 47% de estos niños en situación de desamparo viven en centros residenciales propios de la Xunta.


      Así lo evidencia la Estadística de Protección de Menores 2009, que explica que durante 2008 estuvieron en situación de tutela administrativa por desamparo -por incumplimiento de los deberes de protección por parte de sus padres- un total de 1.861 menores gallegos, de los que 728 pertenecían a la provincia de A Coruña, 642 a Pontevedra, 318 a Ourense y 173 a Lugo. Además, estuvieron en situación de guardia por parte de la Xunta -porque sus progenitores certificaron no poder cuidarlos- otros 828 niños (422 en la provincia de A Coruña, 199 en la de Pontevedra, 141 en Ourense y 66 en Lugo).


      De ellos, cerca de la mitad (1.284) estuvieron acogidos en residencias propias de la Xunta (402) o colaboradoras (882). Otros 1.400, más del 50%, pasaron a vivir con familias acogedoras: 455 en hogares sin remuneración y 857 en régimen de acogimiento remunerado.





      Características especiales


      En situación de desamparo se declararon también 75 menores con características especiales por discapacidad o enfermedad, que se encontraron en un tipo de acogimiento diferente con mayor remuneración. De esos, doce tenían una discapacidad psíquica, ocho dificultades personales, seis discapacidad física y 27 otro tipo de características especiales.

      La Estadística de Protección de Menores 2009 se refiere también a la atención a los menores de edad con dificultades en el desarrollo. Según los datos publicados por el Gobierno gallego, en 2008 se prestó apoyo técnico a 4.103 niños de la comunidad. Casi 500 recibieron atención a través de centros de día.

      La publicación refleja también 63 expedientes de menores de origen extranjero que permanecen en Galicia bajo tutela de la Administración pública por no contar con ningún familiar en España que pueda asumir su cuidado. La mayor parte de este grupo de menores en situación de desamparo, un total de 51, proceden de Marruecos, en el norte de África.

      El informe de la Xunta recoge también la adopción en 2008 de 19 recién nacidos procedentes de renuncias de sus madres, cinco más que en 2007 y la misma cifra que en 2006.

      Las claves:

      •  1.269 familias en espera de adopción: En 2008 se produjeron en Galicia 180 solicitudes de adopción que elevaron a 1.269 las peticiones idóneas en lista de espera por un menor. En total, se dictaron 65 resoluciones de acogimiento preadoptivo, 52 propuestas de adopción y 58 autos de adopción.


      • 175 preasignaciones internacionales: La Secretaría Xeral de Familia tramitó un total de 377 peticiones de adopción internacional, la mayor parte de Etiopía, China, Vietnam y Filipinas. En 2008 se preasignaron en Galicia 175 menores, fundamentalmente de Etiopía, China y Colombia .


      • Extranjeros: Según la estadística de 2008, 63 menores extranjeros se encuentran en Galicia en situación de desamparo por no contar con familia en el país. La mayor parte (51) proceden de Marruecos .

      miércoles, 11 de noviembre de 2009

      PSN presenta una ley foral para "agilizar y facilitar" los trámites de adopción de menores

      El PSN (Partido Socialista Navarro) ha presentado en el Parlamento de Navarra una proposición de ley foral con el objetivo de "agilizar y facilitar" los trámites de adopción de menores de Navarra. La proposición introduce algunos cambios en la actual normativa establecida por la Ley Foral 15/2005 de 5 de diciembre, de promoción, atención y protección a la infancia y a la adolescencia.
      El portavoz del PSN en la Comisión de Asuntos Sociales del Parlamento de Navarra, Javier Monzón, explicó en un comunicado que la propuesta socialista propone "eliminar algunos aspectos injustos como la limitación por razones de edad" y además establece que "se puedan presentar, de forma simultánea, solicitudes de adopción internacional en dos o más países agilizando así los trámites". Además, la proposición legislativa recoge la creación del Consejo Navarro del menor.




      Javier Monzón afirmó que "en los cuatro años de vigencia de la actual ley foral se ha puesto de manifiesto la necesidad de colmar algunas lagunas y carencias detectadas y también de ofrecer un marco legal más acorde a las necesidades y demandas de los propios menores y de la sociedad actual, exigencia que se hace patente en materia de adopción".


      Monzón recordó que el Código Civil regula con carácter general la capacidad para adoptar, pero apuntó que la normativa foral añade la limitación de que, en el supuesto de adopción de menores en situación jurídica de desamparo, la media de edad de los adoptantes no supere en cuarenta y cinco años a la del menor adoptado, y que ninguno de los adoptantes tenga más de sesenta años.
      En opinión del parlamentario socialista, "esta limitación supone el rechazo automático de los solicitantes de la adopción, tanto nacional como internacional, que superen los límites de edad establecidos por la ley foral, un rechazo que impide valorar de hecho, en cada caso concreto, a la vista de otras circunstancias, lo que es más conveniente para el menor". Por todo ello, Monzón manifestó que "parece necesario suprimir esta limitación que contiene la citada ley foral y posibilitar la evaluación en función del conjunto de criterios concurrentes".

      Además, el parlamentario socialista defendió que la posibilidad de presentar, de forma simultánea, solicitudes de adopción internacional en dos o más países, de modo que se permita la tramitación simultanea de los expedientes, "con la condición de cancelar las solicitudes en trámite, una vez que se produzca la primera asignación en uno de los países elegidos". Monzón señaló que "esta opción, que ya existe en varias Comunidades Autónomas, permite la introducción de una mayor agilidad en los procesos de adopción internacional de menores".


      Además, la proposición del PSN plantea fijar un plazo máximo de seis meses para resolver las solicitudes de declaración de idoneidad de los solicitantes, así como los efectos del transcurso del plazo sin que la Administración haya dictado la obligada resolución. Además de los aspectos referidos a los procesos de adopción, la proposición de ley introduce algunas precisiones relativas a los deberes de los niños y adolescentes, "de modo que éstos adquieran un mayor protagonismo, y en consecuencia, una mayor corresponsabilidad en el logro de una sociedad basada en la tolerancia, el respeto a la ley y a los derechos de las demás personas".

      Por último, Monzón defendió la creación del Consejo Navarro del Menor como órgano colegiado de la Administración de la Comunidad foral" y apuntó que "este organismo servirá como foro de encuentro y participación de las distintas entidades y asociaciones que en Navarra trabajan con menores, y tiene como objetivo observar, analizar y realizar propuestas en materia de la protección de la infancia, desde las premisas de la objetividad, profesionalidad e independencia".

      Javier Monzón concluyó deseando que "la sensibilidad de todos los grupos de la cámara confluyan, como en otras ocasiones, en la dirección de conseguir la mejor regulación para Navarra en un tema esencial, dado que estamos hablando de menores, y por tanto, de personas que necesitan una protección especial a través de las leyes, tal y como recoge la Constitución española".

      Fuente: Europa Press

      lunes, 9 de noviembre de 2009

      Información sobre la adopción en Níger

       La adopción en Níger debe llevarse a cabo a través de una ecai acreditada por las autoridades nigerianas, que notificará cualquier registro de adopción al Ministerio de Desarrollo Social, Población, Mujer y Emergencias del Menor en Níger. Níger no ha ratificado el Convenio de La Haya sobre la Protección de los Niños y la Cooperación en Materia de Adopción Internacional. Actualmente no existe ninguna ecai española acreditada en este país. (Información actualizada en octubre 2013)




      Quien puede adoptar:
      • Parejas con más de 10 años de matrimonio
      • Sin hijos biológicos
      • Al menos uno de los dos adoptantes debe ser mayor de 35 años y menor de 50 años
      • Pueden adoptar las mujeres solteras con al menos 40 años de edad
      • Es necesario presentar un certificado de esterilidad
      Pueden ser adoptados:
      • Menores abandonados sin filiación conocida y que se encuentran en el orfanato de Niame.
      • Menores cuyos padres o representantes legales consienten la adopción.
      • Menores declarados judicialmente abandonados 
      Tipos de adopción y efectos de la adopción:

      En Níger hay dos tipos de adopción:
      1. La adopción: que corresponde a los menores abandonados sin filiación conocida, que son menores de 16 años de edad. Si son mayores de 15 años deben de dar su consentimiento. Los efectos de este tipo de adopción son: el adoptado toma los apellidos de los padres adoptivos y se crea un vínculo de filiación entre el niño y la familia adoptiva.  El menor pierde la nacionalidad nigeriana si adquiere la española.
      2. La legitimación adoptiva: que corresponde a menores de 5 años abandonados o de padres desconocidos. Los efectos de este tipo de adopción son:se rompe el parentesco entre el menor y su familia biológica, se crea una filiación entre el niño y la familia adoptiva. Se trata de una decidión irrevocable. El niño pierde siempre la nacionalidad nigeriana.
      * Se pide un informe de seguimiento cada dos años hasta la mayoría de edad del menor.

      Autoridades competentes en materia de adopción:

      Ministère du Développement Social, de la Population, de la Femme et de la Protection de l’Enfant
      Direction de la protection de l’enfant
      NIAMEY- NIGER


      Coste y viajes:
      Según los datos de las ecais y agencias de adopción en Francia y Canadá los adoptantes deben realizar un único viaje. El coste de la adopción en Níger asciende a unos 5.500€ sin incluir el viaje de los adoptantes ni la estancia.


      Documentación que forma el expediente:
      • Solicitud manuscrita.
      • Certificado de Idoneidad.
      • Compromiso de Seguimiento
      • Informe psicosocial.
      • Certificado de matrimonio.
      • Certificados de nacimiento.
      • Certificados médico.
      • Certificado de esterilidad de al menos uno de los adoptantes
      • Cuatro fotografias de cada adoptante.
      • Certificado de penales.
      • Certificado de ingresos.
      • Pasaporte.
      Todos los documentos deben estar debidamente legalizados y traducidos al francés.

      Procedimiento

      El expediente será enviado a través de la ecai para su aprobación y que lo enviará al Ministerio de Desarrollo Social, Población, Mujer y Protección de la Infancia, encargado de  estudiar todas las solicitudes de adopción. Una vez que se fije la fecha del juicio no será necesaria la presencia de los adoptantes durante el mismo. 
      Una vez que el menor se encuentre en el país de su familia adoptiva, este debe de remitir un informe se seguimiento a las autoridades de Níger cada dos años.


      Estadísticas:
      Adopciones desde Francia:
      Año 2003: 9
      Año 2004: 7
      Año 2005: 6
      Año 2006: 4
      Año 2007: 10
      Año 2008: 10
      Año 2009: 6
      Año 2010: 7
      Año 2011: 7 

      Adopciones desde EE.UU:
      Año 2001: 1
      Año 2007: 1
      Año 2008: 1
      Año 2010: 1
      Año 2012: 2 

      Adopciones desde Canadá:
      Año 2011: 3
      Año 2012: 3

      Adopciones desde Bélgica:
      Año 2009: 3
      Año 2011: 2
      Año 2012: 3

      Fuentes:

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