viernes, 20 de noviembre de 2009

Información sobre la adopción en Burkina Faso

La adopción en Burkina Faso por parte de españoles comenzó en el año 2004, fecha en la que se registró el primer niño burkinés en España. Burkina Faso ha firmado el Convenio de La Haya y la adopción en este país puede realizarse por protocolo público o a través de ecai. En España las ecais que tramitan expedientes en este país es MUNDIADOPTA (Madrid), ADDIS GALICIA (Vigo). Según un comunicado de la Agencia Francesa de Adopción emitido en febrero de 2010, el gobierno de Burkina Faso no admitirá más expedientes de adopción mientras no aligere la lista de espera de solicitudes con las que cuenta. Si quieres leer el comunicado pincha AQUI
(Información actualizada en Marzo 2015)

Si quieres leer pincha: El gobierno de Burkina Faso prioriza las solicitudes de matrimonios que se tramiten por Ecai




Quien puede adoptar:
  • Las personas mayores de treinta años.
  • Los matrimonios con más de 5 años de casados, no separados de hecho, y que al menos uno de los cónyuges tenga 30 años cumplidos.
  •  El adoptante debe tener quince años más que el niño que se propone adoptar.
  • Tienen prioridad las parejas sin hijos.
  • No se aceptan solicitudes de monoparentales.
  • No se aceptan solicitudes de parejas de hecho.
  • No se aceptan solicitudes de matrimonios con 2 hijos o más (biológicos o adoptados)
Pueden ser adoptados:
  • Los menores declarados abandonados por el tribunal civil.
  •  Menores cuyos padres han consentido la adopción: debe ser consentida ante un juez del tribunal civil.
  •  Menores de filiación desconocida o huérfanos .
  •  Si uno de los padres ha fallecido o está incapacitado para manifestar su voluntad o privado de su autoridad parental, es suficiente el consentimiento del otro progenitor.
  •  El consentimiento para la adopción puede ser revocado durante un período de tres meses desde su otorgamiento.
  •  Si el adoptado tiene más de quince años, debe consentir personalmente a la adopción. 
Características de los menores adoptables:

Los menores son generalmente bebés abandonados en el momento de nacer, bien porque la madre es soltera, porque ésta ha fallecido o porque no puede ocuparse del niño. Los menores son adoptables a partir de los 3 meses de edad. Los demás menores son dados por sus padres a los orfanatos. En este caso, el procedimiento de adopción se lleva a cabo sólo después de un año, porque este período se deja para que los padres reconsideren su decisión. Los niños propuestos para la adopción internacional son aquellos cuyos padres o el Consejo de la Familia ha dado su consentimiento a la adopción porque no pueden ser mantenidos, son fruto de incesto (hasta la quinta generación la misma línea) o cuyas madres sufren problemas psiquiátricos.
Así que estos son niños generalmente han vivido con su familia biológica y / o en un hogar de acogida o en un orfanato.

Tipos de adopción y efectos de la adopción:

La resolución adoptada por las autoridades locales es de carácter judicial.
El resultado es una adopción plena:
  •  Rompe vínculos de filiación con la familia biológica
  •  Crea vínculos de filiación con la familia adoptiva
  •  Es irrevocable.
Autoridades Competentes en materia de adopción:

Ministére de I”Action sociale et de la Famille
Direction de la protection de I”infante et de I”adolescent
Service de la sauvegarde de l”enfance en danger
Avenue de yatenga
01 BP 515
01 OUAGADOUGOU
BURKINA FASSO
TEL: 00 226 50 30 6880
FAX: 00226 5031 6737
DIRECTEUR M. JEAN-BAPTISTE ZOUNGRANA

EMBAJADA de ESPAÑA en COSTA DE MARFIL (encargada de los asuntos de Burkina Faso)
Impasse Ablaha Pokou. Cocody Danga Nord.
08 B.P. 876
ABIDJÁN 08
COSTA DE MARFIL
Telf. 00.225.224.445.77

CÓNSUL HONORARIO DE ESPAÑA EN OUAGADOUGOU (BURKINA FASO)
Sr. D. Ziad AZAR
862 Avenue Yennenga, 01 B.P. 724
Ouagadougou 01
BURKINA FASO
Telf: 00.226.50.307.155
Fax. 00.226. 50. 310. 002

EMBAJADA DE BURKINA FASO EN PARIS:
Boulevard Asuman
75008-PARIS
Telf. 00.33. 1. 43.59.21.85/ 43.59.90.63


Documentación que forma el expediente:
  1. Certificado de Idoneidad
  2. Informe psicosocial.
  3. Certificado de matrimonio.
  4. Certificado de nacimiento modelo internacional.
  5. Certificado médico.
  6. Certificación del domicilio en propiedad o alquiler.
  7. Certificado de la última declaración de la renta de cada adoptante o conjunto.
  8. Certificado de penales.
  9. Certificado de esterilidad si es el caso.
  10. Poder notarial a favor del abogado que os representará en el país.
  11. Fotocopia de las dos primer páginas del pasaporte.
  12.  Dos cartas de solicitud exponiendo las motivaciones de la adopción, una dirigida al Ministro de Acción Social y de la Solidaridad Nacional y otra al Presidente del Tribunal de Primera Instancia de Ouagadougou.
  13. Sellos de la Embajada de Burkina Faso
    Legalización y traducción del expediente:

    Una vez que el adoptante obtiene los documentos iniciales, éstos deben de legalizarse en distintas administraciones de la comunidad autónoma. Posteriormente los documentos se envían a Madrid para su legalización completa. La traducción jurada al francés del expediente se debe realizar cuando la documentación ha sido legalizada debidamente. El traductor jurado debe tener la firma reconocida en el Ministerio de Asuntos Exteriores para que la traducción jurada pueda ser legalizada también.

    La opción más eficaz, aunque supone un pequeño incremento en el coste económico, es realizar la legalización y traducción jurada del expediente en una empresa especializada. Desde DENIKO ÁFRICA podemos ayudarte a preparar todo el expediente de adopción en Burkina Faso a través de protocolo público. Nos encargamos de todas las legalizaciones de los documentos que forman el expediente y de la traducción jurada. Trabajamos para toda España. Puedes ponerte en contacto por mail con nosotros (adoptarenafrica@gmail.com).



    Cuando el expediente llega a Burkina Faso:
    •  A la llegada del expediente, los candidatos a la adopción son informados por escrito de la recepción de su expediente.
    •  Desde que la documentación llega a Burkina Faso hasta que se produce la asignación pueden pasar entre 12 y 18 meses. Una vez asignado el niño los candidatos deberán dar su consentimiento por escrito.
    •  La Autoridad Central española enviará su acuerdo para continuar el procedimiento de adopción a la Autoridad Central de Burkina.
    • Una vez aceptada la preasignación los adoptantes deberán realizar un donativo al orfanato en el que se encuentre el menor.
    •  Los adoptantes designarán un abogado que llevará a cabo las gestiones ante el Tribunal de Primera Instancia del lugar de residencia del niño.
    • El abogado burkinés debe constituir un acta notarial para iniciar el proceso de adopción del menor asignado. El acta notarial la firmarán ante notario el abogado, un representante del Ministerio de Acción Social y de la Familia y el representante del orfanato en el que se encuentra el niño. En el acta notarial deben de incluir la partida de nacimiento del menor, el documento de adoptabilidad, una encuesta social... Para reunir estos documentos pueden tardar varios meses.
    • Transcurridos tres meses desde la firma del acta notarial se celebra el juicio para obtener la adopción plena. Los adoptantes deberán de esperar un mes más para conseguir el certificado de "non appel" (no recurso).
    •  Los padres adoptivos deberán viajar a Burkina para recoger al niño y presentarse a la Dirección de la Protección del Niño y del Adolescente quien les dará el “certificado de conformidad”, la “autorización de salida del territorio nacional” y el “acta o partida de nacimiento que comporta la filiación biológica”.
    • Los padres adoptivos tendrán que pasar un periodo de adaptación con el menor de al menos 3 días, antes de que éste pueda salir del orfanato definitivamente y permanecer en el hotel con ellos el resto de la estancia en el país.
    •  El Acta de adopción deberá ser legalizada en el Ministerio de Justicia de Burkina y el Acta de nacimiento (anterior y posterior a la adopción) deberá serlo por el Ministerio de Administración Territorial. Posteriormente estos documentos deberán ser legalizados por el Ministerio de Asuntos Exteriores de Burkina.
    • Una vez que tengas toda la documentación debes ir a la oficina del Cónsul Honorario de España en Ouagadougou. Desde allí la envían por mensajería a la Embajada de España en Abidjan (Costa de Marfil) los siguientes documentos: partida de nacimiento original del menor, nueva partida de nacimiento con sus apellidos españoles, certificado de idoneidad expedido por la comunidad autónoma, sentencia de adopción del tribunal burkinés, certificado de no recurso, 4 fotos carnet del menor, libro de familia (en caso de tener más hijos), autorización de salida del menor del territorio burkinés.
    • En Abidján se encargarán de preparar todo lo relativo al Libro de Familia y pasaporte del menor. Una vez que los tengan listo (unos 3 días laborables) lo devuelven a Burkina Faso para que los adoptantes y el menor puedan regresar a España. De esta forma se evita tener que viajar a Costa de Marfil para hacer estos trámites. El coste del envío corre a cuenta de los adoptantes.
    Viaje:
    Los adoptantes solo deben viajar una vez a Burkina Faso para recoger al menor. La duración de la estancia es de unas 2 semanas.
    Para viajar a Burkina Faso puedes ir con las compañías aéreas:
    Royal Air Marroc: Madrid-Casablanca-Ouagadougou
    Air Algerie: Madrid-Argel-Ouagadougou
    Hotel: www.splendidburkina.com (4 estrellas)

    Observaciones:
    • Se valora la presentación de un certificado de esterilidad.
    • Mundiadopta no acepta actualmente más expedientes.
    • Addis Galicia tramita sólo 5 expedientes de adopción.
    • Entre la preasignación y el viaje para recoger al menor pasan entre 7 y 11 meses
      La familia adoptante debe viajar en una sola ocasión para recoger a su hijo.
    • Orfanatos: Home Kisito, Pouponnière Joscheba y Pouponnière de Guié.
    • Según las últimas informaciones de españoles adoptantes el gobierno burkinés ha rechazado algún expediente de matrimonio con hijos biológicos
    • En la práctica el gobierno buskinés no asigna menores a: los solteros/as, las parejas de hecho, los matrimonios que ya tengan dos hijos biológicos y que no demuestren algún problema de esterilidad y las personas mayores de 50 años. 
    Seguimientos:

    Son obligatorios informes de seguimiento semestral durante el primer año desde la llegada del menor, y un informe anual hasta la mayoría de edad a partir del primer año desde la llegada del menor a España.

    Estadísticas de adopciones:

    PAÍS/AÑO

    2001

    2002

    2003

    2004

    2005

    2006

    2007

    2008

    ESPAÑA

    0

    3

    0

    2

    3

    1

    4

    ------

    FRANCIA



    60

    85

    62

    89

    66

    47

    ITALIA

    0

    2

    3

    5

    13

    15

    25

    23

    DINAMARCA

    2

    0

    4

    0

    0

    0

    1

    3

    SUIZA

    1

    1

    2

    1

    1

    2

    0

    0

    EE.UU

    1

    0

    0

    0

    0

    1

    1

    2

    AUSTRALIA

    0

    0

    1

    0

    0

    0

    1

    0


    FRANCIA:

    Año 2016 : 16 menores
    Año 2015 : 16 menores
    Año 2014 : 21 menores
    Año 2013 : 14 menores
    Año 2012 : 20 menores
    Año 2011 : 20 menores
    Año 2010 : 35 menores
    Año 2009: 25 menores

    Fuentes:
    Experiencias de adoptantes

      jueves, 19 de noviembre de 2009

      España suspende la adopción en 21 países

      La Ley estatal de Adopciones Internacionales de 2007, contempla un listado de 21 países en los que se ha suspendido la adopción. Esta resolución afecta a todas las solicitudes que se presenten en cualquier comunidad autónoma.

      En concreto, los países afectados por la suspensión de la tramitación de adopciones futuras son Camerún, Chad, Guatemala, Haití, Kazajstán, Liberia, Mozambique, Nepal, República Democrática del Congo (Kinshasa), República del Congo (Brazzaville), Togo, Uzbequistán, Angola, Benín, Camboya, Gambia, Ghana, Gabón, Isla Mauricio y Kirguistán.


      La citada ley estatal incluye entre los motivos para tramitar peticiones de adopción con otros países que estos se encuentren en conflictos bélicos, desastres naturales, o no se cuente con una autoridad específica que regule la adopción y no se den las garantías para el proceso, además de que no se respete el interés del menor.

      Asimismo, se limita la tramitación, en este caso a través de entidades de mediación de adopción internacional, en los países de Rusia, Nepal, Burundi y Senegal.

      En estos casos, se señala que en Rusia los servicios profesionales que realizan estos trámites "quiebran en gran medida" los principios de la adopción internacional. En Nepal se percibe la "falta de garantías de respeto" a los principios de la adopción internacional en las entidades, y, a la vez, se advierte de los "riesgos" que existen si se recurre a otros medios diferentes al igual que sucede en Burundi y en Senegal.

      Según se recuerda en la resolución de la Dirección General de Servicios Sociales, la comunidad autónoma persigue el "interés superior de la infancia y la adolescencia sobre cualquier otro".

      martes, 17 de noviembre de 2009

      Adopción de franceses en la República Democrática del Congo

      Después de la aprobación de la nueva Ley de Adopción en enero de este año, y que susituyó a la Ley anterior de 1987, se creó una comisión conjunta de para el seguimiento de las adopciones.
      Tras la misión en Kinshasa en abril de 2009, el Embajador encargado de la adopción internacional del Ministerio de Género, la Familia y la Infancia y la Embajada de Francia en Kinshasa han creado una comisión Franco-congoleña para examinar conjuntamente los expedientes de adopción de menores congoleños por parte de ciudadanos franceses. Esta Comisión se ha reunido ya en tres ocasiones desde julio de 2009.


      La Embajada de Francia y las autoridades congoleñas invocando el principio de la soberanía nacional, han expresado su voluntad de aplicar estrictamente la legislación vigente sobre protección de la infancia y adopción. Ambas partes han acordado por lo tanto considerar caso por caso las partes que constituyen los expedientes, asegurándose de respetar las leyes congoleñas y la legislación francesa aplicable.

      En este sentido, cabe señalar los criterios establecidos para los padres adoptivos, tal como se definen en el Código de la Familia congoleño, complementado por la Ley nº 09 0014 de 10 de enero de 2009:

      •Artículo 654: Los padres adoptivos deben demostrar cinco años de matrimonio

      •Artículo 656: Los padres adoptivos que tentan 3 o más hijos no pueden adoptar en la RDC.

      •Artículo 669: Los y las monoparentales no pueden adoptar en la República Democrática del Congo.

      A título de información, en la reunión del 6 de octubre, la Comisión Mixta ha validado 9 expedientes, ha rechazado uno y retrasado otros 8 a la espera de documentación suplementaria.

      Fuente: diplomatie.gouv.fr

      domingo, 15 de noviembre de 2009

      El Instituto Mallorquín de Asuntos Sociales destinará 500.000 euros a 517 familias de acogida para sobrellevar la crisis

      El Instituto Mallorquín de Asuntos Sociales (IMAS) destinará un total de 500.000 euros a las familias de acogida de la isla para evitar que se produzcan retornos en los niños a consecuencia de la crisis económica. En Mallorca hay 517 familias acogedoras, no obstante, la medida está especialmente dirigida a las 307 encargadas de sus familiares directos, la mayoría, sus abuelos, quienes cobran "pensiones muy bajas".
         La consellera insular de Juventud e Igualdad, Josefina Ramis, reveló en rueda de prensa que el IMAS ya ha mantenido una serie de reuniones con familias que se encontraban en "condiciones precarias" por lo que tuvo que adoptar "medidas de urgencia" y, finalmente,  optó por instaurar estas subvenciones de una forma "más reglamentaria".



         Así, detalló que las ayudas oscilarán entre los 300 y los 3.000 euros, en función de las condiciones de cada unidad familiar como pueden ser, entre otras, su nivel de renta u otras situaciones sociofamiliares. De esta manera, la subvención servirá de complemento a la que ya se concede mensualmente de entre 250 y 500 euros. Por otra parte, Ramis reveló que el número de familias de acogida no ha descendido pese a la actual crisis económica. En este sentido, se refirió a la campaña realizada durante el pasado año para buscar familias acogedoras de niños mayores de siete años o de grupos de hermanos.

         Además del importante número de abuelos que se encargan de sus nietos, la ayuda está destinada especialmente a las familias monoparentales, que representan cerca de un 10 por ciento del total. De esta manera, se podrán beneficiar de esta prestación económica las personas que actualmente tengan un niño o más en acogida o que durante el 2009 acogieran un mínimo de seis meses. Asimismo, deberán reunir algún requisito como acreditar una renta igual o inferior a 1.500 euros, ser familias monoparentales o ser pensionista, entre otros.

      Fuente: Europa Press

      viernes, 13 de noviembre de 2009

      La Xunta de Galicia tutela 2.700 menores en situación de desamparo

      Un total de 2.689 menores en Galicia están bajo protección de la Administración, que ha asumido su guardia o tutela ante la incapacidad de sus padres para hacerse cargo de ellos o por incumplimiento por parte de sus progenitores del deber de cuidado. Más del 47% de estos niños en situación de desamparo viven en centros residenciales propios de la Xunta.


      Así lo evidencia la Estadística de Protección de Menores 2009, que explica que durante 2008 estuvieron en situación de tutela administrativa por desamparo -por incumplimiento de los deberes de protección por parte de sus padres- un total de 1.861 menores gallegos, de los que 728 pertenecían a la provincia de A Coruña, 642 a Pontevedra, 318 a Ourense y 173 a Lugo. Además, estuvieron en situación de guardia por parte de la Xunta -porque sus progenitores certificaron no poder cuidarlos- otros 828 niños (422 en la provincia de A Coruña, 199 en la de Pontevedra, 141 en Ourense y 66 en Lugo).


      De ellos, cerca de la mitad (1.284) estuvieron acogidos en residencias propias de la Xunta (402) o colaboradoras (882). Otros 1.400, más del 50%, pasaron a vivir con familias acogedoras: 455 en hogares sin remuneración y 857 en régimen de acogimiento remunerado.





      Características especiales


      En situación de desamparo se declararon también 75 menores con características especiales por discapacidad o enfermedad, que se encontraron en un tipo de acogimiento diferente con mayor remuneración. De esos, doce tenían una discapacidad psíquica, ocho dificultades personales, seis discapacidad física y 27 otro tipo de características especiales.

      La Estadística de Protección de Menores 2009 se refiere también a la atención a los menores de edad con dificultades en el desarrollo. Según los datos publicados por el Gobierno gallego, en 2008 se prestó apoyo técnico a 4.103 niños de la comunidad. Casi 500 recibieron atención a través de centros de día.

      La publicación refleja también 63 expedientes de menores de origen extranjero que permanecen en Galicia bajo tutela de la Administración pública por no contar con ningún familiar en España que pueda asumir su cuidado. La mayor parte de este grupo de menores en situación de desamparo, un total de 51, proceden de Marruecos, en el norte de África.

      El informe de la Xunta recoge también la adopción en 2008 de 19 recién nacidos procedentes de renuncias de sus madres, cinco más que en 2007 y la misma cifra que en 2006.

      Las claves:

      •  1.269 familias en espera de adopción: En 2008 se produjeron en Galicia 180 solicitudes de adopción que elevaron a 1.269 las peticiones idóneas en lista de espera por un menor. En total, se dictaron 65 resoluciones de acogimiento preadoptivo, 52 propuestas de adopción y 58 autos de adopción.


      • 175 preasignaciones internacionales: La Secretaría Xeral de Familia tramitó un total de 377 peticiones de adopción internacional, la mayor parte de Etiopía, China, Vietnam y Filipinas. En 2008 se preasignaron en Galicia 175 menores, fundamentalmente de Etiopía, China y Colombia .


      • Extranjeros: Según la estadística de 2008, 63 menores extranjeros se encuentran en Galicia en situación de desamparo por no contar con familia en el país. La mayor parte (51) proceden de Marruecos .

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      Si estás iniciando un proceso de adopción internacional por la vía del protocolo público y necesitas asesoramiento para preparar tu expediente ponte en contacto con nosotros. Somos conscientes de la dificultad burocrática y administrativa que supone preparar un expediente de adopción o legalizar cualquier otro documento para el extranjero, por eso Deniko es una empresa especializada en la legalización y traducción jurada de documentos españoles que deben presentarse en cualquier país extranjero.


      No importa en que comunidad autónoma de España residas, nosotros tramitaremos tus documentos para que puedas presentarlos rápida y eficazmente.


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      Nuestros clientes no son solo familias adoptivas, sino también empresas o particulares que deben presentar documentación en el extranjero por diversos motivos: herencias, adquisición de terrenos, creación de empresas, constitución de sociedades, celebración de matrimonios, trámites de extranjería, registro de defunciones...


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