viernes, 29 de noviembre de 2013

Se mantiene la suspensión de adopciones en Etiopía y se prohíben nuevas adopciones en Nigeria


La Comisión Interautonómica de Directores Generales de Infancia celebrada en Madrid el pasado 13 de noviembre, mantiene  la suspensión de las adopciones en Etiopía y suspende las adopciones en Nigeria.

La comisión a la vista de la información facilitada por la Embajada de España en Addis Abeba, y los datos sobre volumen de expedientes pendientes aún pendientes de asignación que se encuentran en Etiopía, acuerda mantener la suspensión de la tramitación, en los términos del acuerdo de fecha 16 de octubre de 2012.
Por lo tanto, se mantiene la vigencia de la Resolución de la Secretaría de Política Social, del 17 de octubre de 2012 (DOG nº 236, del 12/12/12) por la que se suspende la tramitación de expedientes de adopción internacional para Etiopía y, en consecuencia, se acuerda no tramitar las solicitudes que se presentasen a partir de la fecha de la resolución. De esta forma sólo siguen adelante aquellos expedientes presentados con fecha anterior al 17 de octubre de 2012.

Laos miembros de la Comisión Interautonómica de Directores Generales de Infancia, también acordaron el pasado día 13 y a la vista de la reciente información facilitada por el Consulado de España en Nigeria:

- Suspender provisionalmente la tramitación de expedientes de adopción, tanto nuevos como los que se encuentran en Nigeria a la espera de asignación.
Esta suspensión no afecta a la tramitación de la adopción de niños con necesidades especiales (mayores de 7 años y con discapacidad física y/o psíquica) cuyos expedientes se están tramitando.

La adopción en Nigeria sólo es viable a través de una Ecai, y nunca por la vía del protocolo público. 

lunes, 4 de noviembre de 2013

Información de la adopción en la República Federal de Nigeria


La adopción en Nigeria comenzó hace unos cuatro años a través de la primera Ecai acreditada en España y que se encontraba en las Islas Canarias. Tras el cese de su actividad actualmente las adopciones en Nigeria se llevan a cabo desde España a través de la Ecai Familias de Colores, con sede en Toledo, y que tramita adopciones en este país desde julio de 2012. Nigeria no ha firmado el Convenio de La Haya. El procedimiento de adopción Internacional debe ser realizado desde España a través de una Entidad Colaboradora para la Adopción Internacional y en Nigeria a través de la intermediación de una de las organizaciones autorizadas. El proceso de adopción en  Nigeria tiene, además, unos requisitos flexibles, por lo que podría ser una interesante opción para familias que no cumplen los requisitos que establecen otros países africanos y que opten por  la vía de necesidades especiales o de niños de más de 6 años sanos, como monoparentales femeninas, parejas recién casadas o que no tienen estudios superiores:
(Información actualizada en noviembre de 2013).

IMPORTANTE:
La Comisión Interautonómica de Directores Generales de Infancia, en reunión celebrada el 13 de noviembre de 2013 en Madrid, a la vista de la reciente información facilitada por el Consulado de España en Nigeria, acuerda:
- Suspender provisionalmente la tramitación de expedientes de adopción, tanto nuevos como los que se encuentran en Nigeria a la espera de asignación.
- Esta suspensión no afecta a la tramitación de la adopción de niños con necesidades especiales (mayores de 7 años y con discapacidad física y/o psíquica) cuyos expedientes se están tramitando.



Quien puede adoptar: 

- Parejas casadas que no necesitan años de antigüedad de matrimonio
- Mujeres solteras. No se admiten solicitudes de hombres monoparentales. En muchos casos las monoparentales solo podrán adoptar a niños del sexo opuesto.
- Adoptantes con hijos biológicos o adoptivos, hasta un máximo de dos hijos.
- En el caso de matrimonios al menos uno de ellos debe tener 21 años más que el menor adoptado
- La diferencia máxima entre adoptante y adoptado es de 40 años.

Quienes pueden ser adoptados: 

Menores de 17 años que se encuentran en situación de abandono, o cuyos progenitores u otros familiares son desconocidos o no pueden ser localizados tras la pertinente investigación realizada por el Tribunal de Menores competente.
En Nigeria hay niños adoptables de todas las edades, pero la mayoría de los adoptantes solicitan un menor sano de 0 a 3 años. Ésto hace que los niños más mayorcitos o los que tienen alguna necesidad especial, aunque les permita llevar una vida totalmente normal, no puedan encontrar un hogar donde disfrutar del amor y cuidados de unos padres.

Actualmente y debido al gran número de solicitudes que se han acumulado para la vía ordinaria en la Comunidad de Castilla la Mancha, la posibilidad de tramitar en Nigeria se limita desde el 1 de febrero de 2013 a las solicitudes para:

-Niños de cualquier edad pero con alguna patología.
-Niños sanos de seis años en adelante.(6 años incluido)

Este tipo de solicitudes serán aceptadas por Bienestar Social de Castilla La Mancha y aunque sean de otra Comunidad no tendrán que esperar cupos o listas de espera ya que son vías prioritarias. En Nigeria, los menores sanos mayores de cinco años o los que tienen alguna patología de cualquier edad se consideran niños con necesidades especiales.

Estos expedientes tienen un plazo de espera que suele reducirse bastante. En Nigeria hay niños adoptables de todas las edades, pero la mayoría de los adoptantes solicitan un menor sano de 0 a 3 años. Ésto hace que los niños más mayorcitos sanos  o los que tienen alguna patología, en cualquier rango de edad aunque les permita llevar una vida totalmente normal, no puedan encontrar un hogar, por lo que Nigeria considera estas dos opciones vía prioritaria.

Entre las patologías más habituales entre las que la familia debe seleccionar encontramos:

-Anemia falciforme, esta es muy frecuente por darse de manera muy elevada en la raza negra
-Infectocontagiosas como hepatitis o VIH.
Luego podemos encontrar estrabismo, problemas de visión, de audición,de piel, ortopédicos, cardiacos, labio leporino con fisura palatina etc...Respecto a este último, el labio leporino muy raramente se encuentra sin fisura palatina. Tratándose de una patología que aunque no es infrecuente y se da en todos los países no es tan habitual como la anemia falciforme o la hepatitis.

En el caso de niños mayores, no se asignan niños "de la calle" porque su vivencia en la mayor parte de los casos ha sido muy dura que puede complicar su adaptación a una convivencia en familia.

Tipo de adopción:

Nigeria se divide en 36 estados y un distrito federal: el Territorio Capital Federal de Abuja. La adopción es de carácter judicial, el Tribunal de Menores competente es el encargado de dictar la Resolución Constitutiva de Adopción. La Resolución Judicial se convierte en firme e irrevocable 30 días después de ser dictada, si durante ese tiempo no ha sido apelada. La adopción es plena: La Resolución Judicial que constituye la adopción extingue totalmente el vínculo con los progenitores biológicos y crea un nuevo vínculo de filiación con los padres adoptivos. La ley de adopción en Nigeria varía dependiendo del estado donde se lleve a cabo.


Documentación

• Carta de solicitud dirigida a la Autoridad Nigeriana de Adopciones.
• Certificado de idoneidad.
• Informe psicosocial.
• Certificado de nacimiento.
• Certificado de matrimonio en el caso de parejas.
• Certificado médico.
• Certificado de empleo de los adoptantes.
• Nóminas de los tres últimos meses.
• Carta de recomendación del empleador.
• Extracto de cuenta bancaria de los últimos seis meses.
• Facturas de los últimos tres meses (gas, teléfono, luz, agua).
• Certificado del pago de impuestos de los últimos tres años.
• Certificado de empadronamiento.
• Fotos tamaño carnet.
• Fotografías de los adoptantes en su hogar y de su entorno familiar y social
• Fotocopias de la hoja de datos de los pasaportes (en color).
• Fotocopias de DNI.
• Ley de adopción internacional española.


Duración del proceso de adopción y plazos de espera.

Los plazos de los procesos de adopción varían en función de las características del menor/es solicitadas en el Certificado de Idoneidad fluctuando entre los seis meses a los dos/tres años. Todas las solicitudes de niños sanos de 6 años en adelante o de cualquier edad con alguna patología tienen un plazo de espera hasta la asignación más corto.
La oficina de bienestar social del estado donde se encuentra el niño es considerado la autoridad adopción y allí es donde se origina la solicitud de adopción. Los futuros padres no deben tratar de iniciar el proceso de adopción a través de los funcionarios locales en vez de la oficina estatal de asistencia social. La oficina gubernamental encargada de las adopciones en Nigeria es el tribunal de primera instancia del estado donde se encuentra el niño.

En la mayoría de estados de Nigeria, el proceso de adopción se inicia cuando una solicitud de una orden de adopción se hace de acuerdo con la normativa local y presentó al secretario del tribunal competente. Entonces, el tribunal le asigna un tutor ad litem para el niño para representar a él / ella en el procedimiento de adopción. El tutor ad litem es el funcionario de bienestar social a cargo de la zona donde reside el menor, o un oficial de libertad condicional o cualquier otra persona debidamente cualificada para la opinión de la corte de asignación.
El tutor ad litem represente los intereses del niño hasta que el juez interroga a los posibles padres adoptivos y subvenciones que da la orden de adopción custodia legal de los padres adoptivos. El tutor ad litem investiga las circunstancias relevantes para la adopción propuesta y los informes por escrito a la corte. Los futuros padres adoptivos deben informar al funcionario de bienestar social de su intención de adoptar al menos tres meses antes de la orden de la corte se hace

Por lo menos durante tres meses consecutivos inmediatamente anteriores a una orden de adopción, el niño debe haber estado en el cuidado físico y la custodia legal de los padres candidatos en Nigeria. Un solicitante no puede tener el niño reside con otro miembro de la familia, en lugar de vivir con el solicitante, incluso si un poder notarial está en vigor. El asistente social visita el hogar de los padres adoptivos hasta que el funcionario está convencido de que el menor sea resuelta y los futuros padres adoptivos son capaces de cuidar de él o ella. En tal caso, el funcionario de bienestar social informa por escrito una recomendación positiva a la corte. El magistrado se reunirá con los padres adoptivos en el tribunal para confirmar su idoneidad y emitirá o negará la orden de adopción. Después de la orden de adopción se haya emitido, los padres adoptivos deben obtener un nuevo certificado de nacimiento del niño enumerarlos como los padres del niño.

En algunos estados, después de la aprobación ha sido concedida, los padres adoptivos deben obtener el permiso de la corte para retirar al niño de la jurisdicción de Nigeria, ya sea temporal o permanentemente. Además, el funcionario de bienestar social pueden ser obligados a presentar una carta a la Oficina de Inmigración de Nigeria, afirmando que los padres adoptivos que ahora son los padres legales del niño. Esta carta permite a los padres adoptivos para solicitar un pasaporte para sacar al niño de Nigeria.

Estancia:
La estancia en el país dura entre cuatro a ocho semanas dependiendo del desarrollo de cada caso concreto. Sólo es necesario que permanezca la totalidad del viaje uno de los cónyuges, pudiendo el otro regresar a España pasados unos quince días aproximadamente, tras la celebración de la vista en la Cortay que hacer un sólo viaje de uno a dos meses de estancia.

Estadísticas:
Desde Estados Unidos las estadísticas de adopciones en Nigeria son:

En 2011: 149 menores
En 2010: 189 menores
En 2009: 109 menores
En 2008: 148 menores
En 2007: 33 menores
En 2006: 62 menores
En 2005: 65 menores
En 2004: 70 menores
En 2003: 47 menores
En 2002: 45 menores
En 2001: 33 menores
En 2000: 4 menores
En 1999: 8 menores

Ecais en España: 
Asociación Familias de Colores:
Web: www.familiasdecolores.es
Mail: familiasdecolores@gmail.com.
Calle Atenas, nº 2,
CP 45003 Toledo.

martes, 8 de octubre de 2013

El puerto de Abidjan hace un donativo al orfanato de Bamako en Mali

El director general del Puerto Autónomo de Abidjan (Costa de Marfil) ha hecho una donación de 2 millones de francos cefa al orfanato de Bamako (Mali). Esta entrega se ha llevado a cabo en el transcurso de la visita queHien yacouba Sie ha encabezado con una delegación marfileña al país vecino.

La donación se realizó a la directora del centro Sow N'Deye Diop, ante la presencia del Ministerio de Trabajo, Asuntos Sociales y Humanitarios de Mali . Los representantes marfileños también distribuyeron 30 toneladas de arroz y 1.400 litros de aceite por valor de 15 millones de fracos cefa a los desplazados del norte y de los damnificados por las inundaciones registradas en Mali.

La responsable del orgfanato se mostró muy satisfecha de la donación y señaló que actualmente el centro acge a 143 niños de 0 a 20 años que necesitan medicamentos, cunas... y que este gesto es una aportación muy importante. 
Esta donación demuestra la colaboración existente entre ambos países y la cordialidad entre ambos pueblos, que siempre han tenido muy buenas relaciones tanto sociales como económicas.


lunes, 23 de septiembre de 2013

La adopción por protocolo público en África se convierte en un "imposible"

Las condiciones para que un ciudadano español pueda adoptar a un menor en cualquier país africano se han endurecido notablemente en el último año. En el caso de las adopciones por protocolo público la situación es tan complicada que actualmente el gobierno español NO PERMITE INICIAR UN PROCESO DE ADOPCIÓN POR ESTA VÍA EN NINGÚN PAÍS AFRICANO. 

El continente africano está formado por 54 países y su población supera los 1.000 millones de habitantes, a pesar de estas cifras abrumadoras el gobierno español se mantiene reacio a permitir las adopciones de menores en muchos de los países africanos donde la esperanza de vida apenas supera los 56 años y el número de huérfanos es elevado. España ha "presumido" durante años de ser el primer país del mundo en el número de adopciones internacionales, un dato que se ha desplomado vertiginosamente en los últimos tres años llegando incluso a ser superadas en muchas comunidades autónomas por las adopciones nacionales.

La causa principal de este bajón se debe a la crisis económica que atraviesan muchas familias españolas deseosas de adoptar a un menor, y que se han visto obligadas a abandonar su idea de iniciar un proceso adoptivo. Pero a esto se suman las innumerables trabas burocráticas que un aspirante a padre adoptivo debe superar primero ante el gobierno autonómico y después en el país de origen del menor. 
Perdidos en largas esperas que pueden durar años, numerosas familias incluso se ven obligadas a iniciar su expediente de adopción en varias ocasiones y a cambiar de país, ya que los cambios legislativos españoles o del país de adopción del niño pueden modificarse en cualquier momento.

Desde España NO desde otros países SI

En el caso del continente africano la mayoría de las familias españolas que pretenden iniciar una adopción de un menor se llevan la sorpresa de que los impedimentos comienzan en la legislación española, que en los últimos años ha ido cerrando la posibilidad de adoptar en la mayor parte de los países de África. Los últimos acuerdos han afectado a países como Mali, Costa de Marfil, Etiopía o Burkina Faso.

Por otra parte, a pesar de que familias adoptivas de Estados Unidos, Francia, Bélgica, Italia, Alemania o Gran Bretaña tienen la oportunidad de iniciar un proceso adoptivo en muchos de estos países, el gobierno español se empeña en alegar que en la mayor parte de los casos no existen garantías de que los procesos adoptivos sean legales, o los países en cuestión carecen de un organismo o legislación que regule las adopciones internacionales con suficiente legalidad. La pregunta que nos planteamos es ¿permiten otros países que se lleven a cabo procesos adoptivos ilegales? porque la ley de adopción del país de origen del menor y los requisitos que se deben cumplir son iguales para todos los solicitantes sea cual sea su nacionalidad.

En algunos de estos "países prohibidos" desde el gobierno español el número de adopciones tramitadas por familias de otras nacionalidades no pasa desapercibido. Ejemplos como Bélgica donde se tramitaron 12 adopciones de menores de Sudáfrica solo en el año 2011; los 14 menores adoptados por familias francesas en Togo a lo largo del año 2012; los 23 niños adoptados por estadounidenses en Camerún en el año 2011 o los 51 menores adoptados por italianos en el año 2012 en la República Democrática del Congo. Estos datos son solo algunas de las cifras que podemos encontrar en las estadísticas oficiales, y que desconciertan a los adoptantes españoles que intentan iniciar su expediente en alguno de estos lugares y sólo se encuentran las puertas cerradas por parte de las autoridades españolas.

En este listado se encuentran 17 países africanos, muchos de los cuales si tramitan adopciones internacionales con extranjeros de otras nacionalidades como es el caso de Ghana, Sudáfrica, Malawi, Angola, Gambia o Camerún, entre otros. Una situación que muchas familias adoptivas españolas no logran entender y para la que no obtienen ninguna respuesta, ni por parte de su comunidad autónoma ni por parte del Ministerio Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad. 

A pesar de que la Comisión Interautonómica de Directores Generales de la Infancia se reune dos veces al año para adoptar nuevos acuerdos en materia de adopción, en algunos casos hay países que se encuentran "en estudio" desde hace años, como es el caso de Uganda, Kenia, Guinea Conacry, Eritrea o República Centroafriacana. Países que se mantienen en este listado de estudio que no varía desde el año 2009. En estos casos cuando una familia española intenta iniciar una adopción, se encuentra con una falta de información actualizada total, otro de los muros imposibles de salvar para los que se arriesgan a buscar otras alternativas en países donde no se han registrado hasta el momento adopciones por parte de españoles. 

Para otros casos el propio ministerio ha creado dos listados más: "países en los que se desaconseja tramitar" y donde aparecen Guinea Bissau, Liberia y Togo; y países "con los que no es posible tramitar" como Chad, Mozambique, Ruanda o Sierra Leona. La diferencia entre estos listados de "PROHIBIDOS" no se explica en ningún comunicado oficial, sin que el adoptante sepa los motivos o si existe la posibilidad de que la situación de adopción con alguno de estos lugares pueda cambiar a corto, medio o largo plazo.

Mientras países que los responsables de adopciones de gobiernos como Estados Unidos, Francia o Bélgica establecen acuerdos en materia de adopción con algunos de estos países africanos, como es el caso de Suráfrica o Burkina Faso, en España a lo largo de los últimos años apenas se han establecido acuerdos bilaterales que faciliten las adopciones por parte de españoles, o permitan abrir nuevas vías de adopción de menores en el continente.

Actualmente la situación se resume en:

- Los españoles NO PUEDEN adoptar en ningún país africano por la vía del protocolo público.
- Las únicas opciones que hay son a través de ECAIS, que en muchos casos tienen aplicados unos cupos de expedientes al año y cuyas listas de espera son muchas veces interminables.
- La mayor parte de las ECAIS NO ACEPTAN las solicitudes de adoptantes monoparentales.
- La Ley de Adopción española permite la adopción por parte de parejas homosexuales, sin embargo la realidad es totalmente distinta ya que la mayor parte de los países no admiten solicitudes de parejas del mismo sexo.
- La trasferencia de competencias en materia de adopción a los gobiernos autonómicos provoca enormes diferencias en la aplicación de la ley dependiendo de la comunidad autónoma donde se tramite la solicitud de adopción, de forma que el lugar de residencia del adoptante se convierte en algo determinante para poder adoptar.

martes, 3 de septiembre de 2013

España prohíbe adoptar menores en 40 países

La Ley estatal de Adopciones Internacionales de España, contempla un listado de 40 países en los que las familias españolas no pueden adoptar. Esta resolución afecta a todas las solicitudes que se presenten en cualquier comunidad autónoma.

En concreto, los países afectados por la suspensión de la tramitación de adopciones son Angola, Armenia, Azerbayán, Benin, Bosnia, Burundi, Cabo Verde, Camboya, Camerún, Corea del Sur, Etiopia, Gabón, Gambia, Georgia, Ghana, Guatemala, Haití, Isla Mauricio, Laos, Malawi, Mali, Mongolia, Pakistán, Liberia, Mozambique, Nepal, República Democrática del Congo (Kinshasa), República del Congo (Brazzaville), Senegal, Sudáfrica, Tanzania, Territorios Palestinos, Timor Oriental y Ucrania.

La citada ley estatal incluye entre los motivos para tramitar peticiones de adopción con otros países que estos se encuentren en conflictos bélicos, desastres naturales, o no se cuente con una autoridad específica que regule la adopción y no se den las garantías para el proceso, además de que no se respete el interés del menor.

Asimismo, se limita la tramitación, en este caso a través de ECAIS (entidades de mediación de adopción internacional), en Bolivia, Brasil, Burkina Faso, Ecuador, Costa de Marfil, Rusia, Hungria, India, Kazajstán, Kirguistán, Madagascar, Nigeria (Estado de Lagos), Panamá y Vietnám.

La Dirección General de Servicios Sociales, la comunidad autónoma persigue el "interés superior de la infancia y la adolescencia sobre cualquier otro".

Desde el Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad además se prohíbe tramitar en: Bielorrusia, Chad, Eslovaquia, Mozambique, Myanmar, Paraguay, Ruanda, Sierra Leona y Uzbequistán. 

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