La Comisión Interautonómica de la Infancia en España se reunió en el 17 de julio de 2012 y decidió que SOLO LOS EXPEDIENTES REGISTRADOS EN BAMAKO prosigan adelante, mientras que aplaza hasta septiembre la posibilidad de presentar nuevas solicitudes de adopción. Al mismo tiempo, todos los expedientes iniciados en las comunidades autónomas y que se encontraban en trámite en España han quedado paralizados temporalmente a la espera de una nueva decisión de dicha comisión.
La Comisión Interautonómica de la Infancia en España se reunió de nuevo a mediados de octubre de 2012 y decidió mantener la suspensión en la presentación de nuevas solicitudes de adopción en Mali.
IMPORTANTE: ENERO 2013
El nuevo Director Nacional de Infancia de Malí ha confirmado el pasado mes de diciembre de 2012 que el nuevo Código de Familia de ese país, que entró en vigor el 30 de diciembre de 2011, prohíbe las adopciones a personas no malienses. Una interpretación diferente de este Código y de su aplicación ha permitido que se hayan podido continuar con las asignaciones durante el año 2012.
En base a ello, la situación de los expedientes que se encuentran en el país es la siguiente:
·Expedientes con menor asignado/a y en el que las personas solicitantes estén pendientes de viajar a Malí para constituir la adopción: una vez que se reciba el expediente en la Sección Consular de la embajada y se compruebe que está correcto, se asignará una cita para que las familias puedan viajar a Malí a recoger al/a la menor, asegurando que su estancia sea lo más corta posible.
·Expedientes con menor asignado/a y en proceso judicial y familias que han recibido asignación recientemente: continuarán tramitándose hasta el final en interés de los/las menores.
·Expedientes sin menor asignado/a, que se encuentran en Malí: se suspende su tramitación y no habrá nuevas asignaciones hasta que, en su caso, se modifique el Código de Familia.
Información actualizada en Enero de 2013.
2. Pueden adoptar mujeres solteras, divorciadas o viudas que no tengan hijos biológicos.
3. Los solicitantes deben ser mayores de 30 años. En caso de matrimonios, es suficiente con que uno de los cónyuges haya alcanzado dicha edad.
- La adopción-protección: es una adopción simple que tiene carácter local.
- La filiación adoptiva: es una adopción plena, siendo la preceptiva para la adopción internacional. Tiene carácter de adopción plena:
3. El menor no pierde la nacionalidad maliense, salvo que esto se solicite una vez adquirida la nacionalidad española.
- Original del Certificado de idoneidad
- Informe psicosocial
- Compromiso de seguimiento
- Copia compulsada del pasaporte
- Copia compulsada del DNI
- Poder notarial para el abogado en Malí
- Copia compulsada del Libro de Familia
- Certificado de Vida y Estado (monoparentales)
- Compromiso de pariente o amigo de hacerse cargo del niño en caso de defunción de los padres
- Certificado de nacimiento (modelo internacional)
- Certificado de matrimonio
- Certificado de antecedentes penales
- Certificado médico oficial
- Certificado médico de esterilidad o infertilidad
- Certificado de empadronamiento
- Certificado de la última declaración de la renta
- Certificado de moralidad
- Carta dirigida al Presidente del Tribunal de Primera Instancia de Bamako
- Carta dirigida al Director de la autoridad central maliense
- Autorización de entrada del menor en España
Direction Nationale de l'Enfance et de la Famille.
Rue 394, Porte 107 Bamako.
Torokorobougou. BP 2688.
B.P. 2688 BAMAKO (REPÚBLICA DE MALI)
Tel.00.225.2285354/2285650. Fax: 00.225-2285302
Mail: dnpef@buroticservices.net.ml
Dirección: Handallaye ACI 2000, Rue 260. Batîment Fondationpour l´Enfance,2eme Etage
BP. E. 3230, Bamako, Mali
Teléfono desde España: 00 223 2236527 / 4490 11 75
Fax: 00 223 20236524
Mail: emb.bamako@maec.es
Esta Embajada no dispone de Sección Consular por lo que a efectos de visado o inscripción de la adopción en el Registro Civil deberán dirigirse a la Embajada de España en Mauritania.
EMBAJADA DE MALI EN PARIS
Rue du cherche- Midi, 89.
75006 PARIS
Tfono: 01454858443 FAX: 0145485534
Es la propia ECAI o el adoptante que haya tramitado su adopción por protocolo público quien debe de preparar la documentación que forma parte del expediente, legalizarla y encargar la traducción jurada al francés.
La embajada española debe llevar el expediente a la Autoridad Central maliense y si está nombrado, advertir al representante de los adoptantes para que este pueda tramitar la adopción. A partir de este momento es el representante de los adoptantes el que tiene que realizar todos los trámites.
Cuando el expediente entra en la administración de Malí recibe un número de registro y éste queda a la espera de pasar por la comisión de adopción encargada de las asignaciones y que suele celebrarse una o dos veces al año.
En esta se seleccionan los expedientes de los padres en función de los niños necesitados de familia, y poco a poco van casando los expedientes y asignando, en función de las características del adoptante. Este proceso de asignación de los expedientes puede tardar entre 3 y 18 meses más o menos, desde la fecha de llegada del expediente de adopción al país, así que es muy difícil calcular el tiempo.
Los abogados malienses cobran aproximadamente sobre 2.500 euros por sus honorarios, a lo que habría que sumar de manera voluntaria un donativo al orfanato, de unos 500€ en el momento de ir a recoger al menor.
Una vez comunicada la asignación por la comunidad autónoma y firmada por el adoptante, se da paso a la petición de fecha de juicio y a partir de ahí se programa el viajar. Desde la aceptación de la asignación hasta el viaje pueden pasar varios meses, y no es necesario que el adoptante asista al juicio.
El proceso de adopción en Malí es de una media de dos años y medio aunque hay adoptantes que han tardado un año y medio y otros hasta cuatro años, así que no hay un plazo de espera fijo. La rapidez de la asignación dependerá de la fecha en que se reúna la Comisión encargada de hacer las asignaciones (en principio se reúnen 2 veces al año). Si tramitas a través de Ecai la comision estudia los expedientes por orden de registro.
Cuando la Autoridad Central maliense tenga una propuesta de asignación, la enviará a la Autoridad Central de la Comunidad Autónoma, la cual avisará a los adoptantes para mostrarles la documentación con la propuesta del niño/a. En muchos casos la documentación del menor no incluye una fotografía del niño, por lo que muchas familias adoptivas han visto por primera vez a su hijo en el momento de ir a recogerlo.
Seguidamente hay que aceptar la propuesta de asignación, para ello hay que redactar una carta de aceptación dirigida a la Comunidad Autónoma y otra, en francés dirigida a la Autoridad Central maliense y entregar ambos documentos a la Comunidad Autónoma. Este documento debe ser legalizado ante notario, en el Ministerio de Asuntos Exteriores y traducido al francés (a veces la misma Comunidad Autónoma redacta el documento en francés) y enviado a la Autoridad Central maliense. A parte de esto, la Autoridad Central de la Comunidad Autónoma nos deberá facilitar una copia del Certificado de Idoneidad para la Embajada Española en Malí.
El menor entra en España con un visado de reagrupación familiar, pasaporte maliense pero con el nombre y apellidos de su familia adoptiva. Además la familia recibirá la partida de nacimiento del niño/a con su nombre español. Una vez en España la familia deberá acudir al registro civil para inscribir al menor y poder obtener la nueva partida de nacimiento con registro en su localidad de residencia y poder tramitar posteriormente el empadronamiento y el nuevo pasaporte español.
Ecais en España:
Actualmente solo existen dos ecais acreditadas para tramitar las adopciones en este país y son MUNDIADOPTA en Madrid e IPI situada en Barcelona.
Informes:
MARZO 2009:
La Embajada Española en Bamako, informa de la visita a Mali el 3 de septiembre de 2008, de una delegación del Gobierno de Cataluña (Consejería de Acción Social del Gobierno de Cataluña, Secretaría de Infancia y Adolescencia, Instituto Catalán de la Acogida y la I Adopción). Así mismo nos informa de que le Gobierno maliense ha reconocido a la primera ECAI española IPI (Iniciativa para la infancia).
Ministerio de Sanidad y Política Social
Junta de Castilla y León
Xunta de Galicia
Experiencias de adoptantes españoles
Leer también:
2 Opinan...:
muchas gracias... me ha gustado mucho, es muy completo y concreto!!!
Intento contar con información actualizada pero a veces encuentras diferencias en requisitos, procedimiento, plazos... dependiendo de la fuente de información. Ya sabeis que si alguno de vosotyros teneis información más actualizada solo teneis que decírmelo y lo publicaré en el blog.
Bicos
Fátima
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